Reglamento (UE) 2017/746

El próximo 26 de Mayo de 2022 finaliza el plazo de las empresas fabricantes, representantes, distribuidoras e importadoras de Productos Sanitarios para diagnóstico in vitro con el fin de adaptarse al nuevo Reglamento (UE) 2017/746 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de abril de 2017.

Los Objetivos de este reglamento son:

  • Establecer procesos más rigurosos en la introducción y comercialización en el mercado.
  • Clarificar las obligaciones y responsabilidades de todos los agentes económicos que intervienen.
  • Fortalecer la vigilancia, seguimiento y control en la comercialización y distribución de los productos.
  • Aumentar la trazabilidad y transparencia.
  • Mejorar las acciones administrativas.

Presiona en el link para conocer qué productos se consideran “sanitarios para diagnóstico in vitro”:

Producto sanitario para diagnóstico in vitro